¿EN QUÉ IDIOMA DEBEN IR LAS INSTRUCCIONES DE UN PRODUCTO QUE SE EXPIDE A OTRO ESTADO MIEMBRO DE LA UE?
No existe en esta materia una norma armonizada que se aplique en todos los Estados Miembros y para todos los productos. Hay que estar a las legislaciones particulares de cada Estado Miembro y a las normativas armonizadas para concretos productos.
En términos generales, lo que se desprende de toda esta normativa, es que la las instrucciones deben estar en una lengua que comprendan fácilmente los consumidores. Utilizar el idioma oficial del país donde se comercializa o usa el producto nos garantiza cumplir con esta condición.
Además en algunas legislaciones las instrucciones que preceptivamente deben acompañar a un producto entran en la definición de etiquetado. Y normalmente se exige que el etiquetado esté en el idioma oficial del Estado Miembro en donde se comercializa el producto.
Existe además una obligación de poner en el mercado productos seguros según la directiva Directiva 2001/95/CE , y unas instrucciones y advertencias comprensibles para el usuario son preceptivas para la seguridad del producto .
Cuando se trate de máquinas, conforme a la Directiva 2006/42, sí existe una obligación explícita de que la máquina vaya acompañada de un manual de instrucciones en el idioma oficial del Estado miembro. En caso que se trate de una traducción del original deberá ir acompañada también de un manual original.
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