¿QUÉ PUEDE RECLAMAR UN AGENTE COMERCIAL EN ALEMANIA SI RESOLVEMOS EL CONTRATO SIN INCUMPLIMIENTO POR SU PARTE?
La regulación del contrato de agencia comercial está armonizada en el ámbito de la UE a través de la Directiva 86/653/CEE. En España esta Directiva se implementó mediante ley 12/1992.
Sea cual sea la ley aplicable, el agente tiene derecho a una compensación por clientela si el agente ha aportado clientes o ha aumentado sensiblemente las ventas de clientes existentes y la empresa sigue beneficiándose de tales clientes.
El importe de la indemnización se fija según el criterio jurisprudencial de cada país pero como máximo será la media anual de las comisiones cobradas durante los últimos cinco años de vigencia del contrato, en este caso la media de los últimos tres.
La resolución del contrato debe hacerse con un periodo de preaviso de como mínimo de entre uno y seis meses según la duración del contrato. En caso contrario el agente también puede reclamar los daños y perjuicios ocasionados por una resolución abusiva, que se concretará en general en las ganancias dejadas de obtener, es decir las comisiones correspondientes a dicho periodo.
Asun Cirera
Abogada – Comercio Internacional
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