¿CÓMO DEBEMOS GESTIONAR LA EXPORTACIÓN DE UNA MERCANCÍA QUE VA A QUEDAR EN DEPÓSITO O CONSIGNA EN UN PAÍS NO COMUNITARIO?
La exportación de mercancía en consignación está contemplada en la normativa aduanera. La mercancía de exportación deberá acompañarse con una factura sin valor comercial e indicando un valor a efectos estadísticos y el resto de documentos usuales para una exportación. Esta factura servirá para realizar los trámites aduaneros de exportación y servirá también para efectuar la importación en el país de destino.
En España se hará mención, en el DUA de exportación, que se trata de una entrega en consignación (naturaleza de la transacción) y en el país de importación se procederá a hacer un despacho de importación que devengará el pago de los correspondientes impuestos sobre la base del valor declarado en la factura.
En el país de destino es preciso un consignatario o receptor de la mercancía que se haga cargo de la mercancía y realice las formalidades y pago de impuestos ante la aduana de importación.
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